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Cómo se tramita la formación vinculada al Contrato a Tiempo Parcial

SI LA FORMACIÓN QUE VA A REALIZAR ES PROGRAMADA (BONIFICADA)

  1. Enviar cumplimentada y firmada la siguiente documentación a Edutedis:

    1. Documento de adhesión al contrato de encomienda de organización de la formación.
    2. Matrícula de solicitud de Formación Programada por las empresas para sus trabajadores.
    3. Justificante de los requisitos a cumplir por la empresa y el trabajador para que el coste de la formación sea bonificable.
    4. Justificante del trabajador para la realización del contrato.
    5. Orden de domiciliación SEPA CORE
      DOCUMENTOS

  2. Una vez recibida la documentación, cumplimentada y firmada, Edutedis se ocupará de hacer las gestiones pertinentes para la comunicación de la formación en la Fundación Estatal para la Formación y el Empleo ( Fundación Tripartita)
  3. Una vez comunicada la formación a la FEFE, se dará el alta al trabajador en la plataforma virtual, facilitándole las claves de acceso a la misma vía email, el mismo día de inicio del curso. Durante el periodo de ejecución de la formación el trabajador-alumno deberá conectarse a la plataforma de forma periódica para un correcto aprovechamiento del curso, y subir todas las evaluaciones obligatorias.
  4. Cuando el trabajador finalice la formación, y si el curso se ha realizado correctamente por parte del alumno, la empresa recibirá la carta de bonificación y el diploma acreditativo del alumno.

El coste de la formación se le cobrará a la empresa mediante domiciliación bancaria en el número facilitado en la orden SEPA CORE, cargando el 50% al inicio de la formación y el importe restante al finalizar.

SI LA FORMACIÓN QUE VA A REALIZAR ES PRIVADA

  1. Enviar cumplimentada y firmada la siguiente documentación a Edutedis:
    1. Matricula privada. Firmada por la empresa y el trabajador.
    2. Justificante del trabajador para la realización del contrato. A firmar por el empresario.
    3. Orden de domiciliación SEPA CORE. A firmar por el empresario.
      DOCUMENTOS

  2. Una vez recibida la documentación, cumplimentada y firmada correctamente, Edutedis se ocupará de hacer las gestiones pertinentes para la realización de la formación, ya sea en modalidad online o distancia.
    • En caso de formación online: se dará el alta al trabajador en la plataforma virtual, facilitándole las claves de acceso a la misma vía email, el mismo día de inicio del curso. Durante el periodo de ejecución de la formación el trabajador-alumno deberá conectarse a la plataforma de forma periódica para un correcto aprovechamiento del curso, y subir todas las evaluaciones obligatorias.
    • En caso de formación a distancia: El trabajador recibirá por mensajería en la empresa el curso, guía didáctica y la documentación de seguimiento.
  3. Una vez finalizada la formación, si el curso se ha realizado correctamente, se enviará a la empresa el diploma acreditativo del alumno.

El coste de la formación se le cobrará a la empresa mediante domiciliación bancaria en el número facilitado en la orden SEPA CORE, cargando el 50% al inicio de la formación y el importe restante al finalizar.

Preguntas frecuentes

Se pueden aplicar tanto a contratos indefinidos como temporales, bien sean estos por Obra o Servicio, por Circunstancias de la Producción o por Interinidad.

Esta formación se puede bonificar en su totalidad o en parte, en función de los créditos disponibles de la empresa.

Este tipo de incentivos a la contratación implica una reducción del 100% en la cuota por contingencias comunes referentes al trabajador contratado.

La normativa tan solo establece los máximos de duración: Sería el 50% de duración de la jornada, salvo que acceda al CTPVF a través del requisito de inscripción en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que en este caso podría ampliarla hasta un 75%.

Durante un máximo de 12 meses, prorrogable a otros doce meses más (24 meses en total); teniendo en cuenta que por cada año que se aplique el incentivo, tendrá que realizar 90 horas de formación

Debe de trascurrir sin relación laboral un mínimo de 6 meses si el contrato que ha tenido fue temporal y de 24 meses si estaba de forma indefinida en la misma empresa. Si fue indefinido en otra empresa debe haber transcurrido al menos 3 meses desde su finalización.

No se considera incumplida la obligación de mantenimiento del empleo por parte de la empresa cuando el despido sea por causas objetivas o por despido disciplinario, ni baja voluntaria o por resolución del período de prueba.

Además de que la persona esté dada de alta como demandante de empleo y sea menor de 30 años, la ley establece que de los 5 requisitos solo tiene que cumplir uno.

La Ley no estipula un mínimo, pero para que sea rentable para la empresa y de tiempo a realizar las 90 horas de formación anuales, aconsejamos que al menos el contrato sea no inferior a tres meses.

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